Recibe bendición del DRNA el reúso de las cenizas de carbón

Su lenguaje no solo omite las características elementales y peligrosas del residuo, sino que le permite a AES Puerto Rico liberarse de miles de toneladas de cenizas tóxicas de carbón y destinarlas a proyectos de construcción en todo el país.

Tras su aprobación el pasado año, ecologistas de todo el país denunciaron que la denominada Ley para Prohibir las Cenizas de Carbón (Ley 40) era un ardid legislativo coordinado desde la Fortaleza, para perpetuar este material tóxico en la isla y proteger los intereses de la carbonera AES Puerto Rico.

Ahora, con la tardía presentación del reglamento gubernamental que regulará dicha ley, no queda espacio para dudas.

El reglamento del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), titulado “Estándares para el uso beneficioso de los residuos de combustión de carbón”, deja al descubierto las verdaderas intenciones de la secretaria Tania Vázquez Rivera y del gobernador Ricardo Rosselló Nevares, al permitir “usos comerciales beneficiosos” para las millones de toneladas de cenizas de carbón que ha producido AES en Guayama.

Desde el año 2002, esa empresa privada vende 454 megavatios de electricidad a la Autoridad de Energía Eléctrica, los que produce mediante la combustión de carbón importado de Colombia. El proceso genera a su vez entre 400 a 800 toneladas diarias de cenizas de carbón que -según evaluaciones de la Agencia de Protección Ambiental federal- retienen un coctel de metales pesados como arsénico, cromo, plomo, mercurio y cadmio, además de isótopos radioactivos.

Aun así, entre los años 2004 y 2011, AES se liberó de sobre 2 millones de toneladas de sus cenizas, las que terminaron bajo urbanizaciones, centros comerciales y carreteras del sur, este, norte y oeste del país, sin barreras que impidan que sus contaminantes envenenen suelos y cuerpos de agua potable.

Práctica incoherente

La gama de usos que permite el nuevo reglamento del DRNA trasciende mientras en el Senado de Puerto Rico todavía se investigan los resultados de un estudio independiente que confirmó la presencia de arsénico, cromo, selenio y molibdeno -elementos inherentes a las cenizas de carbón- en el subsuelo de la colosal montaña gris que AES ha acumulado en su solar industrial de Guayama.

Asimismo, coincide con un veredicto de la Corte del Distrito Este de Tennessee que asocia la exposición prolongada a cenizas con la muerte de al menos 30 trabajadores que fueron contratados hace una década para la limpieza del peor derrame que haya ocurrido con este material en los Estados Unidos.

La sentencia por jurado también determinó que las cenizas pudieron ser las causantes de las enfermedades crónicas que han sido diagnosticadas a otros 220 obreros reclutados para la obra. Entre otras, leucemia y cardiopatía coronaria, además de cáncer del pulmón y cerebro.

“Ese documento parece más un manual interno de la empresa AES a ser utilizado en su propaganda mediática”, sentenció José Manuel Díaz Pérez, portavoz del Comité Pro Salud, Desarrollo y Ambiente de Tallaboa.

“Lo que está proponiendo el gobernador Rosselló, a través del DRNA, es una declaración de guerra contra la salud y la vida de todos los residentes en nuestra isla y en contra del medio ambiente”, continuó.

Traje a la medida

De acuerdo al nuevo reglamento, para que las cenizas puedan ser utilizadas bajo la cláusula de “uso comercial beneficioso” deben “proveer un uso beneficioso funcional” y “sustituir el uso de material virgen, conservando recursos naturales que de otra manera se hubieran utilizado”.

Este lenguaje, empero, no solo omite las características elementales y peligrosas del residuo, sino que permite a AES Puerto Rico retomar la distribución de miles de toneladas de cenizas tóxicas de carbón para proyectos de construcción, como materia prima en la elaboración de hormigón y en la reparación de vías de rodaje en toda la isla. Todo, con el sello de aprobación del DRNA.

Esto podría incluir el mayor proyecto de rehabilitación de carreteras que se haya conocido en la historia reciente del país, denominado Abriendo Caminos, el cual será financiado con una asignación federal que supera los $600 millones.

La movida resultaría en ahorros e, incluso, ganancias millonarias para AES, toda vez que le permitirán descartar en Puerto Rico su voluminoso inventario de residuos tóxicos de carbón, a pesar de las constatadas consecuencias ambientales y riesgos a la salud que esto implica.

Los criterios establecidos por el reglamento también abren la puerta ancha para que AES esparza por el país el contenido de su montaña de cenizas de carbón, la que ilegalmente se mantiene a la intemperie en Guayama, desde hace más de cuatro años.

De acuerdo al contrato firmado entre AES y la AEE en el 1994, AES garantizó que no almacenaría ese material en su planta por más de 180 días. Esta reiterada violación a la cláusula 6.6, sin embargo, no ha tenido consecuencia alguna.

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Por otra parte, el reglamento del DRNA no establece un tope a la cantidad de cenizas no encapsuladas que se puede disponer en un proyecto de construcción.

Únicamente, en la Regla 23 se plantea que -en los casos donde se usen más de 12,400 toneladas de cenizas- el DRNA requerirá al solicitante de “uso beneficioso” una notificación pública.

Por consiguiente, cualquier individuo o empresa que requiera hasta 620 camiones repletos de cenizas de carbón para un solo proyecto de construcción, no tiene obligación de informarlo a la ciudadanía.

Dicha cantidad es similar a la que se extrajo del solar de AES en Guayama durante los 18 operativos efectuados entre julio y agosto del año pasado, en los cuales se trasladaron casi 15 mil toneladas de este desecho al vertedero ECWaste de Peñuelas. Iniciados a solo una semana de que se firmara la Ley 40, los mismos contaron con el aval de la Junta de Calidad Ambiental (JCA) y escolta de la Policía de Puerto Rico.

Defectuoso y contradictorio

Por su parte, el abogado en derecho ambiental Omar Saadé Yordán criticó el reglamento propuesto por el DRNA y exigió detener su aprobación, al destacar que es incompatible con la propia Ley 40.

En comentarios sometidos por escrito al DRNA, Saadé Yordán señaló que el documento obvia la prohibición al almacenamiento indefinido de cenizas estipulado en la ley, que establece un máximo de 365 días.

“La acumulación indefinida de las cenizas de carbón, incluyendo agregado manufacturado (Agremax), es una amenaza al medio ambiente y a la salud pública. Este reglamento no atiende estas implicaciones”, sostuvo.

Incluso, el abogado acusó a la agencia de ignorar determinaciones previas de la JCA donde se declara que la montaña de cenizas en Guayama es una pila de “desperdicios sólidos” que no puede ser almacenada indefinidamente y para la cual no existe mercado.

Saadé Yordán también denunció que el reglamento se excede en su encomienda al establecer “usos beneficiosos” para las cenizas que anteriormente no habían sido reconocidos por la JCA. Igualmente, sentenció que abre la puerta para el uso de cenizas fuera de los vertederos, lo que contradice la Resolución R-14-27-20 de esa agencia.

Hora cero

El cuestionable reglamento será discutido durante una vista pública que se efectuará este jueves, 29 de noviembre en las oficinas centrales del DRNA en San Juan.

Ecologistas y líderes comunitarios ya han adelantado que asistirán para expresar su repudio.

Fuente: periodicolaperla.com

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